miércoles, 14 de marzo de 2018
Invitación: Misa por el buen inicio del año escolar 2018
martes, 20 de febrero de 2018
Conversatorio Política hoy, desafíos y retos
Invitación
Muy queridos hermanos y hermanas:
Por la presente, nos es grato comunicarnos con ustedes en nombre del Comité Nacional EDOP.
Como lo saben muy bien, somos un movimiento laico de educadores y educadoras cristianos, que cumple este año 50 años de transitar en nuestro país, comprometido con su educación, especialmente con la de los más pobres.
Por tanto, en el marco de la celebración de este 50° aniversario, tenemos programada la realización de varios encuentros con profesores(as), estudiantes, madres y padres de familia, instituciones y organizaciones sociales.
Una primera actividad es la realización de la Escuela de Formación Política, Pedagógica y de Responsabilidad ciudadana, que se inicia con el conversatorio: ¿Qué es la política? Historia de los partidos políticos en el Perú.
Por lo que, deseando contar con su participación, les reiteramos la presente invitación.
El conversatorio se llevará a cabo el viernes 23 de febrero a las 3.00 p.m., en el auditorio del Hospedaje del Pilar, sito en la calle San Martín 275 (altura de las cuadras 34 y 35 de la Av. Brasil) Magdalena del Mar. El ingreso es totalmente libre.
Agradeceremos su confirmación al correo soniarivera@hotmail.com o al Whatsapp 992-248-007.
Saludos fraternos,
Zoila Minaya Ruiz - Consuelo Mogollón Saavedra
Coordinación Nacional EDOP
miércoles, 31 de enero de 2018
viernes, 12 de enero de 2018
Oswaldo de Rivero: Razones por las cuales son ilegales indulto y el derecho de gracia
De: PRODEMU FM <radioprodemu@gmail.com>
Enviado: jueves, 11 de enero de 2018 08:36 a.m.
Asunto: Oswaldo de Rivero: Razones por las cuales son ilegales indulto y el derecho de gracia
La Asamblea General de las Naciones Unidas por Resolución 239 (XXII) aprobó el 26 de noviembre de 1968 la "Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad".
El Perú votó en esa Asamblea General de la ONU a favor de su aprobación. Esta Convención entró en vigor el 11 de noviembre de 1970 y fue ratificada por el Congreso del Perú mediante la Resolución Legislativa 27998 del 12 de junio del 2003. Entonces, esta Convención que declara la imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad es ley de la República.
No es verdad que no existe legislación peruana sobre los Crímenes de Lesa Humanidad, puesto que, al haber sido ratificada por el Congreso, esta Convención es legislación peruana y así los Crímenes de Lesa Humanidad al ser imprescriptibles se entienden que son imperdonables no se pueden indultar y menos dar un Derecho Gracia.
Además, el Estatuto de Roma, que estableció la Corte Penal Internacional, tiene una lista de los Crímenes de Lesa Humanidad. Encabeza esta lista el Crimen de "Asesinato con premeditación y alevosía" donde encajan matanzas como la de La Cantuta y la de los Barrios Altos y también el homicidio de Pativilca. Y por lo tanto, son hoy asesinatos de Lesa Humanidad que no se pueden indultar.
Entonces, tanto la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad" como el Estatuto de Roma han sido ratificados por el Congreso peruano, son así legislación nacional que obligan al Estado peruano a no aplicar la prescripción y a no perdonar con un indulto los Crímenes de Lesa Humanidad señalados en el Estatuto de Roma. (Seguir leyendo)
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Radio PRODEMU FM 96.3
Todos los psicoanalistas y psicoterapeutas vemos casos en los que las personas se enfrentan a situaciones extremas: hijas que han sido abusadas sexualmente por sus padres, a los que siguen viendo en reuniones familiares o en situaciones eventuales. Hijas o hijos –lo que puede ser no menos doloroso– cuyos padres no les creyeron cuando les contaron del abuso del que habían sido objeto cuando niños, con frecuencia en manos de algún familiar cercano. También hay parejas que optan por perdonar la infidelidad, el engaño o la perversión.
Hay, por supuesto, otras opciones: cuando las personas se rehúsan a perdonar, como es su derecho. El trabajo terapéutico no consiste en conducir a nadie en una u otra dirección. Nuestra obligación es de escucha y comprensión. Proporcionar un espacio seguro para que la víctima se aproxime lo más que pueda a la verdad. Y entonces ingresar a un proceso de sanación en el que deberá tomar decisiones de altísima complejidad. Todo esto requiere un trabajo de elaboración paciente, valiente y erizado de obstáculos: la culpa de las víctimas, la identificación con el agresor, la ambivalencia hacia el perpetrador, por mencionar solo algunos de estos.
Un factor decisivo en esta búsqueda que no es exagerado calificar de trágica, es la actitud del abusador. Un victimario sinceramente arrepentido, proclive a la expiación, puede ser una ayuda invalorable. Por el contrario, un depredador egosintónico –que racionaliza su violencia y megalomanía, autoengañándose– vicia el proceso y lo hace tanto más escarpado. En esos casos puede que la víctima opte, por sus propias razones, por ignorarlo y no seguir envenenándose la existencia, pues esta es su prerrogativa. O bien lo execre hasta el final. Pero lo evidente es que en esas hipótesis jamás será posible una reconciliación. (Seguir leyendo)
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Radio PRODEMU FM 96.3
viernes, 5 de enero de 2018
Actividades Red de docentes

